El 25 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Asimismo, esta modificación se encuentra relacionada con el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Como ya sucede, se reitera la obligación de extraer las pilas y los acumuladores de los RAEE cuando sean recogidos conjuntamente.
La modificación de esta normativa incluye principalmente requisitos de aplicación a la puesta en el mercado de pilas y acumuladores, especialmente en lo relativo a mecanismos de financiación y a sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Así mismo, establece limitaciones en el ámbito de la fabricación en cuanto al uso de sustancias peligrosas y contaminantes.
La Directiva 2006/66/CE impuso a los Estados miembros la obligación de prohibir la puesta en el mercado de pilas y acumuladores con contenido de mercurio y de cadmio por encima de determinados porcentajes (exceptuando pilas botón con un contenido de mercurio superior al 2% en peso y pilas y acumuladores portátiles que contengan cadmio destinados a ser utilizados en herramientas eléctricas inalámbricas, entre otros).
La norma establece que cualquier operador que recoja, transporte y gestione baterías debe cumplir con la legislación de residuos y ser gestor autorizado, como garantía de minimización del impacto ambiental de estos productos.
Se establecen también responsabilidades en cuanto a la producción de pilas y acumuladores: los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (antes Sistemas Integrados de Gestión) pasan a encargarse únicamente de la organización de la gestión de los residuos.
El Real Decreto 710/2015 incorpora también la obligatoriedad de aplicar el cálculo del nivel de eficiencia de reciclado, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 493/2012 de la Comisión, de 11 de junio de 2012, por el que se establecen las normas detalladas para el cálculo de los niveles de eficiencia de los procesos de reciclado de los residuos de pilas y acumuladores.
Otra novedad, es que los poseedores o últimos propietarios de las baterías podrán entregar éstas, cuando se conviertan en residuo, tanto a distribuidores o puntos de recogida (tal y como se venía haciendo) como a gestores autorizados.